
Reglamento del Comité Nacional de Jóvenes Pro la Paz, A.C.
Artículo
58.- El patrimonio de
la Asociación está integrado por:
a)
Las cuotas de los Asociados: Activos, Honorarios y Auspiciadores.
b)
El Asociado Activo queda obligado a hacer una aportación mensual
monetaria a Jóvenes Pro La Paz, A. C, fijada por la Asamblea Nacional o su
Comité Estatal, según sea el caso.
c)
La recaudación total de cada comité Estatal se dividirá en porcentajes
iguales, que será distribuido entre el Comité Nacional y el Comité Estatal
para el desarrollo de las actividades propias de la Asociación.
d)
Donativos en general.
e)
Recursos que se adquieran por diversas actividades.
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