X. LA INQUISICIÓN


Prejuicios y aproximaciones erradas a la problemática de la Inquisición

Este tema resulta en la actualidad algo problemático, sobre todo porque se tiende a juzgarlo desde categorías ajenas al momento histórico en que se desarrolló. Es importante ubicar en su contexto histórico cada una de las instituciones del pasado. De otra manera se corre el riesgo de entenderlas mal o simplemente de no entenderlas en absoluto. No haremos aquí una justificación de lo que se conoce como el Tribunal de la Santa Inquisición, pero intentaremos una aproximación más serena y objetiva al tema.

Generalmente se lo presenta como una institución que se dedicó a la persecución de las personas a causa de sus ideas, atentando impunemente contra el derecho a la libertad de opinión. Analicemos detenidamente esta afirmación.

Debemos tener en cuenta que el derecho a opinar libremente depende de otro derecho de mayor importancia para el hombre: el derecho a conocer la verdad. En la época en que surge el fenómeno de la Inquisición, casi nadie ponía en duda que la verdad suprema estaba en lo que la fe enseñaba. Y, por el bien del hombre y de la comunidad humana, esta verdad debía ser respetada, pues constituía la base del bien común y el bienestar social, así como de la salvación eterna de cada uno. La propagación de errores contrarios a la fe ponían en peligro la salvación eterna de los hombres y el bien común dentro del orden social. Podían destruir la misma convivencia humana y las bases de una auténtica justicia basada en el respeto de los valores cristianos. En cuestiones no vinculadas directamente con la fe, se podía opinar libremente. La libertad de opinión se regía por la búsqueda de la verdad, contrariamente a lo que frecuentemente se ve en nuestros días, en que se piensa en que hay libertad de opinar sin necesidad de buscar la verdad; basta con la opinión sea sustentada por alguien para que tenga derecho a ser expuesta, sin necesidad de ser fundamentada objetivamente. Esto hace que poco a poco se destruyan los fundamentos objetivos de la sociedad. Actualmente, la mentira, el engaño y la falsedad tienen la misma carta de ciudadanía que la verdad objetiva, y el hombre se encuentra desorientado y no sabe cómo hallar la felicidad, pues no sabe dónde se encuentra la verdad absoluta.

Es de notar que en la época de la aparición de la Inquisición había la suficiente libertad como para plantear dudas, examinar problemas relativos a la fe en un ambiente de diálogo, como lo demuestran las disputas organizadas en la Europa medieval en las nacientes universidades. También se podía publicar libros sobre cuestiones disputadas, siempre que se mantuviese un espíritu de apertura a las observaciones críticas y un deseo de corregir lo que estuviese claramente en contra de la fe cristiana. La labor de la Inquisición no apuntaba, pues, a un dominio de las mentes, sino a proteger el bien común de los miembros de la sociedad, defendiendo su valor más preciado, la fe. Se perseguía, por ello mismo, sólo la herejía manifiesta y difundida públicamente. Como veremos, algunas de las herejías perseguidas (los cátaros y valdenses, y posteriormente el protestantismo y la secta de los alumbrados en España) conllevaban una serie de manifestaciones grotescas, espíritu de oposición a la jerarquía de la Iglesia, rechazo y desprecio de los que no se adherían a su grupo, divisiones y resentimientos sociales, además de prácticas de libertinaje y perversión sexual.

En lo referente a la Inquisición, también se suele presentar los procesos como arbitrarios, autoritarios, donde la suerte del acusado ya está decidida de antemano, y donde los jueces, con crueldad inhumana, presentarán una farsa de juicio para terminar entregando al reo primero a la tortura y luego a la muerte en la hoguera.

No podemos aceptar estas afirmaciones sin examinarlas con cuidado. La mayoría de las veces sólo nos presentan una caricatura de la realidad. En la actualidad, son numerosos los historiadores que admiten que la Inquisición puede ser considerado como un tribunal benigno y tolerante en comparación con los tribunales civiles de la época.

Para lograr una comprensión más equilibrada de este fenómeno, veamos brevemente cuáles fueron las circunstancias que lo originaron.
 

Origen de la Inquisición

En el siglo XIII en Europa, particularmente en el sur de Francia, se había extendido la secta de los cátaros o albigenses, que pretendía ser una renovación espiritual de la vida cristiana. Tenía influencias doctrinales de origen pagano y oriental. Afirmaban que había dos principios irreconciliables en lucha permanente: el bien y el mal; el primero era espiritual, mientras que el segundo iba vinculado a la materia, la cual era considerada como intrínsecamente mala. Por consiguiente, el cuerpo era malo y había que hacer lo posible, a través de un ascetismo bastante riguroso, para liberarse de su influencia. Por eso mismo, consideraban el matrimonio y la sexualidad como realidades malas en sí mismas. Se rebelaban contra las autoridades eclesiásticas. Además, el falso ideal de perfección que predicaban, unido a los excesos en las prácticas ascéticas, más que conducir a un equilibrio auténtico de la persona en busca de la santidad, la desequilibraban psicológicamente o la conducían a la soberbia y la autosuficiencia. No es de extrañar que junto a la prédica de la continencia sexual y los castigos corporales hubiera a la vez desenfreno y perversiones, que los mismos herejes permitían como un mal inevitable.

Otra herejía, la de los valdenses, si bien sostenía la mayoría de las verdades de la fe, presentaba una dura oposición a la Iglesia. Presentaba la pobreza extrema como la única manera de vivir la relación con los bienes materiales. Pretendía oponerse así al lujo en que vivían algunos miembros del clero. Negaban el sacerdocio, la Misa y el purgatorio.

Estos grupos herejes no se dedicaron exclusivamente al campo religioso. Sus creencias y prácticas tenían graves consecuencias sociales, que hicieron que las autoridades civiles intervinieran y les opusieran una guerra tenaz, en la que no faltaron crueldades y asesinatos por parte de ambos lados. Hubo millares de víctimas.

En el año 1231, el Papa Gregorio IX creyó conveniente la creación de una institución que se dedicara al asunto de la defensa de la fe, y convocó a los dominicos, orden religiosa de reciente fundación, para que llevaran adelante la lucha contra la herejía. La así llamada Orden de Predicadores debía dar cuenta de su proceder solamente al Pontífice y quedaba libre de la injerencia episcopal —lo cual era conveniente por el recelo de los herejes frente a toda autoridad eclesiástica—.
 

Modo de proceder de la Inquisición

La finalidad buscada era la conversión de los herejes y su reintegración a la Iglesia. Por lo mismo, los métodos preferidos eran los que manifestaban mayor misericordia, mientras que el recurso a la fuerza era considerada como una medida extrema, que atendía más que nada al bien común de los demás miembros de la sociedad.

Había todo un procedimiento dividido en etapas, de acuerdo al cual se llevaba a cabo la labor de los inquisidores. Una vez llegados al pueblo donde se sospechaba de la existencia de herejes, se proclamaba el tiempo de gracia, que variaba de 15 a 30 días. En este tiempo, todo hereje podía confesar sus errores, siendo a cambio tratado benignamente y recibiendo penas menores. Se proclamaba el edicto de fe y, bajo pena de excomunión, se exigía de todos que delatasen a los herejes o sospechosos de herejía. Terminado el mes de gracia, se procedía a la persecución y se citaba de manera enérgica a los sujetos acusados, que, en caso de no acudir, eran declarados contumaces, con pena de excomunión provisional (definitiva pasado un año).

Luego seguía el interrogatorio, donde se procedía a examinar a los acusados para verificar si procedía o no la acusación hecha. Esto generalmente se hacía ante dos religiosos y un notario, que ponía por escrito los descargos del acusado. En caso de que el acusado se negase obstinadamente a confesar su culpa, habiendo indicios bastante probables de que hubiese incurrido en herejía, se procedía a la tortura. El notario debía estar preparado para escribir la confesión que el acusado hiciera en este caso.

Luego venía la sentencia, en la que varias personas, entre religiosos y laicos de probada honradez, examinaban los datos que se tenían sobre el incriminado y emitían su opinión sobre si había culpabilidad o no. En caso de haber sido arrancada la confesión por medio de la tortura, también se examinaba su veracidad, es decir, si había sido hecha solamente por miedo a los castigos corporales o si se podía considerar auténtica. En sesión pública, generalmente en domingo para que pudiese asistir la población, se proclamaba la sentencia.

El último paso era la ejecución de la sentencia, que era llevada a cabo por la autoridad civil («el brazo secular»). En caso de que se aplicara la pena de muerte, ésta no debía conllevar derramamiento de sangre; por lo tanto, la hoguera era el medio preferido. Otras penas para el delito de herejía que se aplicaban con mucha mayor frecuencia que la pena de muerte, que era considerada una medida extrema y excepcional, eran: remar en las galeras, el destierro, la confiscación de bienes, la cárcel. Otras sentencias menos duras eran las peregrinaciones, los azotes, los signos de infamia (vestidos humillantes de color amarillo, vela verde, soga a la garganta, coroza blanca).
 

Valoración

¿Qué opinión debe merecernos este tribunal eclesiástico? ¿Se puede aceptar la imagen que nos lo presenta como un conjunto de fanáticos religiosos que se dedicaban al exterminio de herejes, aceptando las acusaciones sin mayores pruebas y prodigando a diestra y siniestra la pena de muerte? ¿Se le puede considerar como un medio para imponer la fe a través del miedo y el terror? ¿Se lo puede catalogar como el símbolo de la lucha contra la libertad de opinión?

Por principio, no se puede entender el tribunal de la Inquisición fuera del contexto histórico en que se produjo. De ninguna manera quiere ser esto una justificación de los excesos, que sí los hubieron. Toda institución que sea humana presenta siempre una mezcla de bien y de mal. Por eso, no se pude condenar globalmente una realidad sin antes hacer un balance de sus logros y sus defectos, dentro del contexto de su tiempo. Esto debe hacerse reconociendo lo bueno, sin negar lo malo y negativo.

La pena de muerte no era puesta en cuestión en la época. Era una sentencia común en los tribunales civiles para delitos graves. La traición al Rey era penada de esta manera. No resulta extraño, pues, que, dentro de la mentalidad de la época, la herejía contumaz y persistente, calificada como traición a Dios, el Rey supremo, también mereciera ser considerada como digna de muerte. No se puede medir estas ideas según los criterios de nuestra época, donde la creencia en Dios se considera como una opinión que no tiene el mismo peso que una afirmación científica (mentalidad materialista). En esa época se tenía el criterio de considerar a Dios como el Ser por excelencia y, por lo tanto, como la realidad más consistente y segura.

Aunque fueron muchas las personas que murieron ajusticiadas por la Inquisición en toda su historia, el número se queda corto frente a las persecuciones llevadas a cabo por los enemigos de la Iglesia católica. La caza de brujas efectuada por los protestantes en Europa da como resultado unas 300,000 personas ajusticiadas a muerte, de las cuales 200,000 lo fueron sólo en Alemania. La Revolución Francesa, en el período del terror que va de 1792 a 1794, ejecutó en la guillotina a unas 34,000 personas, de las cuales 12,000 no recibieron juicio. Esta cantidad sobrepasa al número de condenados a muerte por la Inquisición a lo largo de toda su historia. Tampoco se quedan cortas las cifras referentes a los linchamientos de negros en los Estados Unidos de Norteamérica a principios del siglo XX, ni las referentes a las matanzas de judíos y cristianos en la Alemania nacionalsocialista de Hitler. En cambio, la Inquisición en el Perú, en el período que va de 1570 a 1820, sólo sentenció a muerte a 30 personas.

El recurso a la tortura resulta uno de los aspectos más cuestionables de la Inquisición. No ha sido ésta la forma habitual de proceder de la Iglesia, y si se permitió esta medida, más fue por presiones del momento que por auténtica convicción. La tortura era una de las medidas usuales en los tribunales civiles, incluso llegando a verdaderos daños físicos a las personas o incluso a la muerte. Las autoridades eclesiásticas buscaron la manera de humanizar estas medidas, considerando que la tortura no debía producir daño físico perdurable en el acusado, ni se debía llegar al derramamiento de sangre. Varios inquisidores fueron removidos de sus puestos por no controlar debidamente que se respetara esta medida.
 

La Inquisición española

La Inquisición española, autorizada por el Papa Sixto IV el 1º de noviembre de 1478, comenzó a funcionar en Sevilla el 6 de febrero de 1481. Su principal objetivo era perseguir a los «marranos» (judíos que se habían hecho bautizar como católicos sin una verdadera conversión de corazón), a los cuales se consideraba peligrosos para la integridad de la fe del pueblo. Fray Tomás de Torquemada, primer inquisidor, extendería luego la jurisdicción del tribunal a lo que se denominaba «herejía implícita», es decir, a delitos que iban gravemente contra la moral: bígamos, ladrones de iglesias, blasfemos, sacerdotes seductores o libertinos, pretendidos santos y místicos.

La Inquisición española estaba formada por un Inquisidor general al frente del Consejo Supremo de la Santa Inquisición, compuesto por siete miembros. Luego, cada tribunal particular constaba de 3 inquisidores, 1 fiscal, 3 secretarios, 1 alguacil mayor y 3 receptores, calificadores y consultores. En España había 14 de estos tribunales, 3 en Portugal y 3 en América (México, Lima y Cartagena de Indias).

Al igual que la Inquisición europea, la española recurría a la tortura sin derramamiento de sangre ni daños graves. Los detenidos se alojaban en cárceles más decentes que las prisiones civiles; no eran tan lúgubres ni espantosas como las pinta a veces la imaginación literaria. La pena de hoguera sólo se aplicaba a los herejes confesos y obstinados que no aceptaban la reconciliación con la Iglesia, mientras que a aquellos que pedían la reconciliación en el último momento se les estrangulaba primero por la pena del garrote y después se incineraba su cadáver.

No faltó aquí en estas tierras del Perú quien pidiera que la jurisdicción se extendiese a los procesos de idolatría contra los indios, pero esta moción no prosperó. La Inquisición sólo tenía potestad para con los españoles cristianos de los cuales se sospechase de herejía. Los indios eran conversos recientes, de los cuales no se podía exigir un conocimiento ni una práctica exhaustiva de la fe. Además, su evangelización todavía estaba en marcha. Sus faltas contra la fe debían ser atribuidas más que nada a la ignorancia. Por lo tanto, no podían ser tratados en cuestiones de fe de igual manera que los españoles.

Al principio, las denuncias fueron abundantes, pero eran sobre cuestiones de poco peso, que hacían perder el tiempo a los encargados del tribunal en asuntos triviales. Esto causó malhumor al arzobispo Loayza. Los delitos se reducían a expresiones equívocas, malsonantes y ofensivas contra Dios, que los acusados admitían haber pronunciado, y que se castigaban con penas leves.

Los actos públicos en los que comparecían los acusados y en los que se proclamaba la sentencia recibían el nombre de «auto de fe». De estos hubo 27 a lo largo de la historia del virreinato, siendo el primero el 15 de noviembre de 1573.

La pena de muerte en la hoguera no se realizaba nunca en el mismo lugar del «auto de fe», sino fuera de la ciudad. En Lima, el «quemadero» se hallaba en el Pedregal, en las cercanías del cerro San Cristóbal.

A partir del siglo XVIII la actividad de la Inquisición fue disminuyendo, en parte por la disminución de las denuncias, en parte por la mayor tolerancia de los jueces. Fue suprimida en todos los dominios españoles por las Cortes de Cádiz, el 22 de febrero de 1813. Aunque hubo un intento de restablecimiento en 1814, el tribunal no volvería a funcionar de manera efectiva, y por Real Orden quedaría definitivamente suprimido el 9 de marzo de 1820.


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